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Aclaran que licencia de ME Soria no causa perjuicio al Estado y es amparada por sistema democrático

La Fiscalía de Estado aclaró que la licencia de la agente María Emilia Soria es sin goce de haberes y por lo tanto no genera ningún perjuicio al Estado, además de haberse brindado tal y como lo ampara el sistema democrático.

Fecha: 2 de octubre de 2013

 

Desde el organismo ofrecieron detalles de esta situación ante inexactitudes planteadas en diversas notas periodísticas y con el objetivo de informar adecuadamente a la sociedad.
La Fiscalía explicó que María Emilia Soria “no goza de un contrato especial, sino que se encuentra contratada bajo la figura de locación de servicios, encuadrada en el Estatuto General y Básico de la Administración Pública (Ley L N° 3487) desde el 1 de febrero de 2012”.
Se agregó que a partir del mes de julio de 2013, se otorgó a la misma licencia sin goce de haberes, con sustento en los artículos 27 inciso j y 51 del citado Estatuto en el capítulo “Licencia para desempeñar cargos electivos o de representación política o gremial”.
Además, se detalló que esa norma “establece el derecho a gozar de licencia sin goce de haberes para quienes sean proclamados candidatos por una agrupación política, a partir de los 90 días previos al día de las elecciones”.
“El Consejo de la Función Pública en uso de las atribuciones que le confiere la Ley L N° 3052, dispuso por el Acta N° 12/2003 desde el 30 de junio de 2013 la equiparación del régimen de licencias del personal no permanente al del personal permanente, con la única limitación de la licencia sin goce de haberes sin causa contemplada en el artículo 27 inciso k”, se señaló desde la Fiscalía de Estado.
Asimismo, se agregó que por lo expuesto “el marco contractual y normativo aplicable a la doctora Soria le confiere el derecho a la licencia que se le ha otorgado” y se señaló además que el Decreto N° 1460/2013 “no resulta aplicable ni ha sido aplicado en forma alguna a la situación de la candidata María Emilia Soria”.
En relación a este Decreto, el organismo aclaró que “ha sido dictado en uso de las atribuciones que corresponden al Gobernador de la Provincia conforme al artículo 81 inciso 1 de la Constitución Provincial, destacando que reproduce los términos de los Decretos N° 286/2009, N° 910/2007, N° 120/2007, N° 636/2003”.
En conclusión, la Fiscalía de Estado aseguró que corresponde desmentir y recalcar que la doctora María Emilia Soria no goza de ningún privilegio especial y que además se encuentra en uso de una licencia a la que tiene derecho, por estar contemplada expresamente en la ley, que fue regularmente otorgada y que dicha licencia es sin goce de haberes.

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