Cabe destacar que de ser necesario, está incluído el traslado terrestre al establecimiento sanitario.
Las atenciones serán brindadas por ambulancias de Unidades de Terapia Intensiva Móvil (UTIM) ubicadas en diferentes bases operativas, tripuladas por médicos y paramédicos experimentados.
Se define Emergencia Médica (GRADO 1 O CÓDIGO ROJO) aquellas situaciones de gravedad donde se necesita atención inmediata porque corre riesgo la vida del paciente. Este deberá ser atendido en un rango no mayor a 15 minutos.
Mientras que Urgencia Médica (GRADO 2 O CÓDIGO AMARILLO) se considera la situación en la que, si bien no existe riesgo de muerte, se requiere rápida intervención para evitarla. El paciente deberá ser atendido en un rango no mayor a 30 minutos desde que ingresa la llamada.
El convenio está fundamentado en la Resolución 628/2021 de la Junta de Administración donde cuenta en uno de sus ítem que el prestador en ningún caso podrá cobrar un arancel diferenciado por las prácticas realizadas. Es decir, no podrán cobrar ningún tipo de plus.
Cabe destacar que IPROSS lleva adelante este tipo de proyectos para mejorar la calidad del servicio, con el objetivo de retomar su papel de agente rector como eje del sistema solidario de salud provincial.